Luis Gorriti, propietario del diario El Tiempo de Salta, sufrió un fallo adverso. La justicia avaló que lo dejaran sin pauta publicitaria oficial.
L.S.
La Justicia salteña volvió a avalar el silenciamiento a medios de comunicación de la provincia.
En este caso, el medio perjudicado es El Tiempo de Salta. Su dueño, Luis Gorriti, se quejó de la situación.
«El servicio de justicia se ve lesionado cuando los jueces fallan contrario a las leyes, que de hecho generan desigualdades que se tornan arbitrarias en la tutela de administrados», dijo. Y explicó que hace unos días cuando la Corte de Justicia de Salta hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la provincia de Salta y de esta manera revocó la sentencia de la acción de amparo que había dictado el juez amparista inferior a favor de este periódico. La reciente resolución está firmada por los jueces Teresa Ovejero Cornejo de Agüero -Presidenta-, las Dras. Sandra Bonari, María Alejandra Gauffin de Macedo, Adriana Rodríguez Faraldo de Lopez Mirau, y los Dres. Guillermo Alberto Catalano, José Gabriel Chibán, Pablo López Viñal, Sergio Fabián Vittar.
«Del análisis de esta resolución, observamos que nos encontramos en un límite de un posible delito denominado prevaricato donde se dictó una resolución que a sabiendas es injusta, porque existen resoluciones sobre el mismo tema con fallos diferentes, con otras empresas del medio amigas del poder. De esta manera, la dictada en contra de este diario es una resolución prevaricada, donde los cortesanos hacen honor a la expresión latina de “andar torcido, oblicuo o desviado”, por lo tanto, a este nivel, la torcedura es muy grande y grave», dijo.
Este fallo quiso individualizarse del resto y dejó ver su desconocimiento del derecho: dice que la provincia alega que el medio carece de gran audiencia. Algo que los jueces no pueden probar.
Perjudicar a los medios, huella distintiva de esta corte
En abril, la Corte de Justicia de Salta revocó el fallo dictado por el Juez Marcelo Domínguez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que en diciembre de 2020 había ordenado a la Municipalidad de la Ciudad de Salta otorgar pauta publicitaria al Semanario Cuarto Poder.
La sentencia de la Corte de Justicia de Salta fue dictada el pasado 4 de abril y lleva las firmas de los Dres. María Alejandra Gauffin de Macedo, Pablo López Viñals, Adriana Rodríguez Faraldo de Lopez Mirau, Sergio Fabián Vittar, Sandra Bonari y Guillermo Alberto Catalano.
Cabe recordar que la sentencia de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial (Dr. Marcelo Domínguez) que fue dejada sin efecto por la Corte de Salta que había ordenado a la Municipalidad de la Ciudad de Salta, mantener la pauta publicitaria otorgada a favor del Semanario Cuarto Poder y de su página web hasta tanto presente un esquema de distribución de publicidad oficial respetuoso de los estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos “Editorial Perfil” y “Editorial Río Negro”, entre otros.
Fue un fallo arbitrario. No se tuvo el mismo criterio cuando una emisora local realizó el mismo reclamo a la Municipalidad.
Para los jueces no hay «libertad de expresión». Solo hay medios amigos y enemigos. Y a los enemigos buscan silenciarlos.