Un salteño, invocando el derecho a la intimidad, recurrió a la Justicia para la eliminación de todos los registros nacionales e interprovinciales que contengan información de los antecedentes penales.

La Corte de Justicia de Salta declaró la incompetencia de los tribunales para conocer en una acción de hábeas data iniciada por una persona requiriendo que se suprima información personal, más conocida como “derecho al olvido”.

La acción fue promovida por un hombre que, invocando el derecho a la intimidad, recurrió a la Justicia salteña para la eliminación de todos los registros nacionales e interprovinciales que contengan información de los antecedentes penales incluyendo las empresas Google y Facebook y el Registro Nacional de Reincidencia.

El Juzgado de Garantías de Octava Nominación del Distrito Judicial del Centro había fallado en contra, por lo que la Defensora Oficial apeló el fallo a la Corte de Justicia

La respuesta de la Corte al salteño fue que “cuando la información que se pretende eliminar está a cargo de un organismo del Estado nacional o consta en una base de datos de internet (red internacional) a la que se puede tener acceso desde cualquier lugar del país, como del mundo, la competencia es de la justicia federal”, por lo que “corresponde declarar la incompetencia de los tribunales provinciales”.