Por la temporada de invierno, el organismo dispuso cambios en la normativa que obliga a mantener ventanas abiertas en los colectivos para que circule el aire.
La AMT publicó las especificaciones para aplicar la normativa que obliga a abrir las ventanillas en las unidades. Con la llegada de las bajas temperaturas, los vehículos deberán procurar la ventilación, pero se fija una medida de apertura para el servicio metropolitano e interurbano.
En las unidades comunes afectadas al servicio del área metropolitana, las ventanas deben tener una apertura no inferior a 10 cm., en cada hoja. Dicha apertura deberá comprender dos ventanas abiertas por un lateral y tres por el otro, en relación a la totalidad de ventanas que posea la unidad.
En cuanto a las unidades de doble piso del servicio interurbano, en las unidades de doble piso, la apertura de las ventanas deberá ser de dos por cada lateral en el piso superior y una ventana por cada lateral en el piso inferior.
En las unidades de piso único la apertura de las ventanas deberá comprender dos ventanas por cada lateral, en relación a la totalidad de ventanas que posea la unidad. Para este servicio la apertura de las ventanas debe ser por una extensión de entre 5 cm. a 10 cm. en cada hoja.
Por último se aclaró que, el incumplimiento de lo dispuesto, conllevará la aplicación de las multas respectivas.