El caso de la mujer que fue hallada por sus hijas en la Terminal se encuentra en la etapa acusatoria. La querella sostiene que la Fiscalía interviniente acusa al agresor sin perspectiva de género. (S.T.)
El domingo 24 de septiembre del año pasado, en la Terminal de Ómnibus de la ciudad de Salta, fue encontrada por sus hijas una mujer que escapaba de su marido, Héctor Flores, tras haber sufrido varios años de torturas y violaciones.
En su declaración, la mujer relató haber sido víctima de repetidos hechos de violencia que incluían asfixia con bolsas de supermercado, uso de picana eléctrica, machetazos, fuertes golpizas, violaciones con elementos contundentes, sometimiento psicológico y violencia económica. No sólo la esposa de este hombre fue víctima, sino también sus hijas, hoy mayores de edad, quienes fueron escapando de su casa una a una.
Pese a esto, la Fiscalía Penal de Violencia Familiar y de Género N°3 acusa a Flores por los crímenes de “Lesiones Leves”, “Privación Ilegítima de la Libertad” y ”Uso de Armas” sin tener en cuenta la perspectiva de género.
Por su parte, la abogada de la víctima, Patricia Aguirre, sostiene que el hombre debe ser imputado y juzgado no sólo por estos crímenes sino también por “Tentativa de Femicidio”, “Abuso sexual con penetración y gravemente ultrajante” y “Reducción a la esclavitud”.
La razón por la que la Fiscalía alega que se debe juzgar al imputado por los tres primeros cargos citados tiene que ver con que la mujer, al escapar luego de cuarenta años de violencia, presentaba sólo las marcas de las últimas lesiones recibidas por parte de su marido. Sin embargo, luego de la Investigación Penal Preparatoria, las pruebas que testifican la gravedad de los delitos cometidos por Héctor Flores son evidentes.
En este momento, el proceso se encuentra en la etapa acusatoria, es decir, el Juzgado de Garantía de Tercera Nominación, a cargo de Antonio Pastrana, debe decidir si imputar a Flores por los crímenes citados por la Fiscalía o por los indicados por la querella.
El expediente
Además de los testimonios de la víctima, las hijas y los vecinos, consta en el expediente un informe de intervención psicológica —realizado por las licenciadas Andrea Saftic y Carolina Tejerina— donde se observan en la víctima indicadores de haber sufrido violencia y de sentir un profundo temor hacia su victimario.
Se puede leer en el documento legal un acta de procedimiento donde se nombran los elementos encontrados durante el allanamiento a la casa de la pareja. Entre ellos están: un revolver, un puñal, un machete, los elementos con los que se realizó la picana que aún se encontraba medianamente ensamblada y los accesorios sexuales que la damnificada describió en su declaración y con los que habría sido violada.
El Informe de la Subsecretaría de Asistencia Integral a Víctimas de Delitos sostiene que, de acuerdo a la entrevista realizada a la víctima, la misma “se encuadra en una problemática de violencia doméstica grave de larga data donde ha habido violencia física, psicológica, sexual y económica”.
La pericia psiquiátrica a Héctor Flores, realizada por Virginia Albarracín del Servicio Médico Forense del Poder Judicial, indica que el hombre puede comprender la conducta desplegada y discernir actos socialmente reprochables, tiene la capacidad de dirigir sus acciones, posee un tipo de inteligencia práctica y su desarrollo y madurez intelectual son las del término medio de la población.
Por otro lado, el informe Psicosocial de la licenciada Alejandra Herrera indica que, como consecuencia de los años vividos con el acusado, la víctima se encuentra en un estado de estrés postraumático, de alerta constante a agresiones impredecibles, indefensión aprendida, sentimientos de imposibilidad de cambios y un gran temor a que el hombre vaya a salir y matarla a ella y a sus hijas. Esta última idea surge de las amenazas realizadas por el acusado hacia la víctima.
Perspectiva de género
Aguirre afirmó que es necesario recalcar que ésta es una etapa procesal muy importante. La profesional del derecho informó que la querella está haciendo un trabajo de fondo con lo que es violencia de género porque la acusación de la Fiscalía es muy vaga y se tienen en cuenta delitos ínfimos que traen aparejada una pena que ni siquiera es privativa de la libertad: “No es que buscamos que se condene a una persona inocente, simplemente pedimos que se haga justicia ante las atrocidades que este señor ha cometido durante cuarenta años contra su esposa”, explicó.
La abogada agregó: “Considero que las Fiscalías que surgieron en virtud del Decreto de Emergencia de Género deben cumplir su función de criterio especializado en la materia que obliga a considerar cada hecho en el contexto de violencia y con perspectiva de género, ya que esa es su finalidad. Además ésta es la única manera de garantizar efectivamente a las mujeres un genuino acceso a la justicia a los fines de tornar efectivo el derecho de vivir una vida libre de violencia”.
«Las Fiscalías que surgieron en virtud del Decreto de Emergencia de Género deben cumplir su función de criterio especializado en la materia que obliga a considerar cada hecho en el contexto de violencia y con perspectiva de género, ya que esa es su finalidad».
La profesional del derecho además afirma que los hechos de violencia que a la vez constituyen delitos deben juzgarse con perspectiva de género, no solamente para cumplir con obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino, sino fundamentalmente para lograr aplicar los parámetros que la Corte Interamericana de Derechos Humanos da en la materia: “Juzgar teniendo en cuenta el contexto de violencia con perspectiva de género significa poner justicia en donde no la hay”, concluye Aguirre.