Mientras la mayoría de las obras sociales que operan en la provincia fijan un aporte del 3% del total de ingresos, el Instituto Provincial de la Salud (IPS) retiene un 5.5% a sus afiliados. ¿Cuánto se lleva la obra social del salario de los trabajadores?, ¿qué dice la legislación? (Nicolas Bignante)

Un empleado contratado de la administración pública provincial con un ingreso mensual menor a los $20.000 aporta cada mes un aproximado de $1.100 a la obra social de la provincia. Un monotributista de similares ingresos que se haya adherido al sistema de afiliación individual del IPS habilitado en marzo de este año, desembolsilla entre $1.795 y $3.405 dependiendo de la edad que tenga. Para aquellos afiliados con edades entre 19 y 35 años el pago será de $2.330. Los que tengan entre 36 y 64 años deberán pagar $2.870. Todo esto sin mencionar los valores diferenciales establecidos para aquellas personas con enfermedades crónicas o temporales preexistentes. Si a estos ejemplos se los multiplica por los 260.000 afiliados con los que cuenta la obra social, se torna difícil realizar un cálculo serio y estimar los montos que el instituto recauda mes a mes. 

Sea como sea, la recaudación supera ampliamente a otras obras sociales que operan en la provincia y, paralelamente, el número de ciudadanos salteños sin cobertura médica aumenta según el propio ministro de salud Roque Mascarello. El origen de las cifras radica en que el porcentaje de aportes establecido en la reglamentación de la ley 7.127, que regula el funcionamiento del IPS, casi duplica al del resto de las obras sociales. Mientras el resto de las prestadoras tanto nacionales como provinciales retienen un 3% del total de ingresos a sus afiliados, el IPS fija este porcentaje en 5.5%. El detalle puede verse en el artículo 11 de la ley, donde se establecen las contribuciones y aportes de los adheridos al sistema. Se fija entonces como cuota para el personal de planta permanente un 12% del total de las remuneraciones brutas, porcentaje que se integra de la siguiente manera: 6,5% de Contribución Patronal y 5,5% a cargo del sector activo. En el caso de los jubilados, se establece un 4% de la remuneraciones jubilatorias a modo de aporte. 

Aunque a nadie le resulta imaginable que los funcionarios de la primera línea provincial acudan a las prestaciones de la obra social de la provincia, por ley están obligados a aportar a ella. La legislación indica que sólo se puede pertenecer a una obra social de orden nacional, pero ese límite no corre para las prepagas de rango provincial. El art. 5 de la ley 7.127 establece sobre ese aspecto que: «serán afiliados forzosos los funcionarios y personal de planta permanente de la administración pública provincial centralizada y descentralizada del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia, Ministerio Público, Organismo Descentralizados, entes autárquicos, empresas y sociedades del estado, municipalidades de la provincia y personal contratado». Esto abarca a autoridades de Ejecutivo provincial, Ministros, Secretarios de Estado, Auditores, Fiscales, demás funcionarios del Ministerio Público, Jefes, Sub Jefes de Policía, legisladores, entre otros. Esta disposición no sólo engrosa considerablemente el número de afiliados del Instituto, sino también su recaudación; puesto que los aportes se calculan, en estos casos, sobre cuantiosos sueldos. 

Tanto la crisis económica como el alto porcentaje de retenciones de la obra social provincial, explican el aumento de la demanda en hospitales y centros de salud. Cada día ingresan más pacientes al sistema público porque de alguna u otra manera dejaron de pagar la prepaga. Para el ministro Mascarello, sin embargo, esta situación se explica exclusivamente desde la situación económica nacional. “Los hospitales tienen una población equis para atender, que es de aproximadamente el 60% de la población que no tiene obra social y si le comenzás a agregar personas del otro 40% que tenían algún grado de cobertura y que por alguna razón ya no la utilizan y comienzan a utilizar el hospital público, esto genera algún grado de dificuldad” declaraba Mascarello a Radio Nacional en marzo. Aunque la adhesión a la obra social no es obligatoria para el grueso de los empleados estatales, en los hechos la gran mayoría de ellos son afiliados automáticamente desde el momento en que comienzan a prestar funciones. Cuando el poder adquisitivo de esos trabajadores se ve menguado, muchos optan por desafiliarse.

Frente a esta situación, el ministro Mascarello puso en funcionamiento un sistema de afiliación individual de extrema regresividad que no sólo fija cuotas poco accesibles, sino que además no establece diferencias por capacidad de ingreso. De esta forma, un anciano de 65 años en adelante deberá pagar $3.405 mensuales sea cual fuera su situación socioeconómica. Lo que implica poco más del 30% de una jubilación mínima.   

Aranceles diferenciales del IPS: Sigue la polémica

A un año y medio de la creación de los consultorios exclusivos para afiliados del IPS, siguen los interrogantes sobre el cobro del plus a los afiliados de la obra social de la provincia.  

Las controversias en torno al cobro del arancel diferenciado a afiliados del IPS continúan pese a la creación de consultorios exclusivos de la obra social. Por análisis, estudios y hasta consultas de rutina, los afiliados abonan un plus diferencial de entre $300 y $500 a los médicos empadronados en el instituto. Una serie de interrogantes surgieron en torno a esta situación que parecía haberse esclarecido luego de la inauguración de la clínica del IPS: ¿En concepto de qué se debe abonar este adicional?, ¿quiénes pueden cobrarlo? ¿a dónde va a parar el dinero de esa recaudación?

Para comprender el origen de este cobro hay que remontarse a 2007, cuando se firmó el decreto 3.402 que reglamenta el funcionamiento del IPS. Allí se clasifica a los profesionales en dos grupos, uno de los cuales está habilitado a cobrar una cifra acordada con el paciente por contar con una calificación especial del Colegio de Médicos. En el decreto, queda especificado de la siguiente forma: «Se establece la vigencia de dos (2) padrones, siendo el padrón “B” con arancel diferenciado. Para prestar servicios en las distintas especialidades, con aranceles diferenciados a cargo del usuario, los profesionales deberán obtener la pertinente calificación por parte de los colegios profesionales respectivos de la Provincia, debiendo contar con especialidad certificado por los mismos y antigüedad interrumpida de más cinco (5) años en el padrón del I.P.S. Idénticos requisitos deberán cumplimentar los profesionales que se desempeñen en el interior provincial, debiendo además existir dentro del “padrón A”, otro especialista con idéntica especialidad a fin que el afiliado tenga la opción entre los distintos padrones».

De esta forma, a tarvés de la clasificación que realiza el colegio de médicos se establece un cobro especial toda vez que la atención sea realizada por un profesional «calificado» del padrón B. 

El Dr. Luis Herrera, presidente del círculo médico explicó este punto a Cuarto Poder. «El arancel se cobra por la capacitación, por la formación y la capacidad de resolución que tiene el médico. Es legal. Hay documentación que indica que está todo convenido con el IPS. El médico dice: ‘mi arancel diferencial es tanto’. Si el paciente está dispuesto a pagar lo paga, sino puede consultar con los médicos del padrón A». 

A comienzos del año pasado se crearon los consultorios exclusivos para médicos del padrón A que no pueden cobrar aranceles diferenciados a sus pacientes. Para Herrera, la creación del instituto fue un acierto, aunque lo definió como una «bolsa de trabajo» para profesionales que recién comienzan. «Allí atienden solamente médicos del padrón A. Eso nació como una bolsa de trabajo para médicos nuevos que no tienen consultorio. La idea es que en esos consultorios trabajen médicos que están dentro del padrón A».  

A pesar de las aclaraciones y de la legislación que ya tiene más de una década, las controversias reflotaron a raíz de una serie de denuncias sobre cobros diferenciales por parte de profesionales que integran el «padrón A». Aunque los controles y fiscalizaciones en los consultorios exclusivos de médicos del padrón A son más sencillas de llevar a cabo, en el interior aún se denuncian casos de cobros ilegales. Montos que, por supuesto, no quedan asentados en comprobante alguno y por consiguiente constituyen una evasión. «No se entrega, porque si el médico o la secretaria del médico elabora un comprobante o recibo explicando que cobra un plus extra, eso se puede judicializar porque no corresponde. A veces hasta los medicamentos se cobran con un plus extra» comentó a Cuarto Poder el concejal oranense Gonzalo Díaz. El edil presentó en noviembre del año pasado un proyecto de resolución para que se realice en Orán una inspección que dé cuenta del cumplimiento de los convenios firmados con clínicas y médicos. Rápidamente se plegaron a la iniciativa los concejales de Pichanal, Aguas Blancas, Hipólito Yrigoyen y Colonia Santa Rosa. «En la práctica tanto los afiliados del padrón A como los del padrón B están pagando un plus de entre $300 y $500 para cualquier tipo de consulta. En Orán no hay muchos profesionales, entonces nos vemos sometidos los afiliados» relató Díaz a este medio. 

En el IPS se encuentran afiliados casi la totalidad de los empleados públicos de la provincia. Se estima que unos 260.000 salteños están bajo su cobertura. Los cobros diferenciales, especialmente cuando se realizan en forma ilegal, a la larga contribuyen a que miles de salteños opten por renunciar a la cobertura engrosando las listas de espera en hospitales y abarrotando las precarias instalaciones de los centros de salud.