Una modificación a la Ordenanza 14.136 establece que, en el caso de notificación por cédula, si no se encontrara el destinatario en la primera visita, se le dejará aviso reprogramando la entrega para el día siguiente.

Los concejales de la ciudad aprobaron ayer una modificación al artículo 65 de la normativa Nº 14.136 (Código de Procedimientos en Materia de Faltas), que permitirá que un infractor tenga la posibilidad de ejercer su derecho a defensa, algo que no sucede siempre.

Con las modificaciones establecidas en el artículo 65 de la Ordenanza Nº 14136 el texto quedó redactado de la siguiente manera: “En el caso de notificación por cédula, si no se le encontrare en la primera visita, se le dejará aviso reprogramando la entrega para el día siguiente. Si el destinatario tampoco fuera encontrado, el empleado notificador entregará un ejemplar a su representante, a otra persona de la vivienda o dependiente, portero o vecino que se encargue de hacer la entrega. En su defecto, la introducirá en el buzón o en el interior de la habitación de acceso o la fijará en la puerta principal, dejando debida constancia del día y hora de la diligencia y firma del notificador”.

La concejala Jorge Saravia se refirió a la iniciativa, planteando que su objetivo es “garantizar el derecho de defensa del ciudadano, el cual debe tener la certeza absoluta de cuál es la causa y los motivos por el que se lo está imputando”. Además, consignó que los cambios planteados “ya se encuentran previstos en los Códigos de Procedimiento de la Nación y de la Provincia”. “Esto es un avance para el municipio”, afirmó.