El exdiputado Juan Ameri, será llevado a juicio por el delito de «estorbo del acto funcional», luego que se lo viera en una escena de caracter erótico con su novia en plena sesión virtual de la Cámara baja.

Así lo dispuso ayer el juez federal de Revisión Alejandro Augusto Castellanos tras celebrarse la audiencia de control de acusación, en la que se resolvió la apertura del caso a debate.

En esa audiencia, el fiscal general Francisco Snopek, de la Unidad Fiscal Salta, ratificó la acusación penal formalizada el 10 de septiembre del año pasado, tras lo cual la defensa del ex legislador planteó el sobreseimiento de Ameri, lo cual fue rebatido por la fiscalía, cuyos argumentos fueron compartidos por el juez.

Ameri fue imputado por un incidente ocurrido en una sesión virtual llevada adelante el 25 de septiembre de 2020 en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, cuando su presidente, el diputado Sergio Massa, intervino para poner de manifiesto una irregularidad. Al respecto, el representante del Ministerio Público Fiscal recordó que, a las 17.20 de esa jornada, cuando el diputado Carlos Heller hacía uso de la palabra en el marco del debate sobre el “Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema jubilatorio y refinanciación de la deuda de las provincia con la ANSES”, se observó una situación totalmente anormal.

Massa señaló que desde la pantalla del entonces diputado Ameri sucedieron escenas impropias con la tarea legislativa. El acusado estaba junto a una mujer, a quien le levantó la ropa, a la altura de los senos, y lo que siguieron fueron escenas “totalmente inapropiadas”, rememoró el fiscal.

El hecho sucedió delante de la cámara mediante la cual el exlegislador estaba conectado a la sesión. La audiencia virtual se llevaba a cabo en el marco de las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades del Congreso de la Nación a raíz de la pandemia por el COVID-19, vigentes en ese momento.

Ayer, y luego de ocho meses de investigación, el fiscal ratificó la imputación y pidió que el caso sea llevado a juicio. En este punto, la defensa del ex diputado interpuso un planteo de sobreseimiento por ausencia de dolo de parte de su cliente.

En vista de ello, expuso otros argumentos respecto a la atipicidad penal, pues lo sucedido -a su criterio- se trató de un acto de negligencia de Ameri ante una falla de conexión, la que no fue intencional y, en todo caso, se debería encuadrar como un hecho culposo.

Afirmó, en ese sentido, que no hubo ninguna intención de entorpecer la sesión y, en todo caso, si hubo una interrupción no fue por parte de su cliente, sino del diputado Massa, sesión que igualmente prosiguió tras este incidente.

Planteo rebatido

A su turno, el fiscal general rechazó los argumentos esgrimidos por la defensa y solicitó al juez que desestime el sobreseimiento. Para ello, recordó que “esta no es la etapa oportuna para debatir sobre la existencia o no del dolo, lo cual sí debe suceder durante el juicio”.

Aclaró, al respecto, que el sistema acusatorio, vigente en Salta y Jujuy desde el 10 de junio de 2019, establece la imposibilidad de presentar y mucho menos analizar pruebas en esta audiencia, ejercicio que la defensa propone a contrapelo de las normas procesales vigentes.

En cuanto al argumento de que la interrupción de la sesión fue cometida por el diputado Massa, el fiscal también rechazó tal razonamiento, pues la intervención del presidente de ese cuerpo se trató de una consecuencia de un acto consumado por el acusado.

Al resolver, el juez Castellano coincidió en todo con la argumentación de la fiscalía, pues no está prevista la posibilidad de analizar la prueba para definir la existencia o no del dolo, ejercicio que debe suceder en el juicio. Respecto a la participación de Massa, ratificó que su conducta no está en discusión.

De esta manera, rechazó el sobreseimiento pretendido, tras lo cual las partes debatieron respecto a las convenciones probatorias y las pruebas ofrecidas para ser producidas durante el juicio. Castellano sostuvo que la sustanciación del debate correspondería a un tribunal unipersonal, por tratarse de un delito con una escala penal de prisión condicional.

Por último, y ante el pedido de la fiscalía de que el juicio se lleve adelante en la jurisdicción de la Capital Federal, planteo que fue acompañado por la defensa, el juez resolvió también en el mismo sentido, aunque por una cuestión de orden dispuso la apertura a juicio y derivó el caso al Tribunal Oral Federal de Salta que corresponda a fin de que el magistrado que resulte designado concrete el traslado respectivo.