Escudada en artículos de la Constitución provincial, de la ley de educación y del Pacto de San José de Costa Rica, la ministra de Educación, Analía Berruezo aseguró que hay un error en la sentencia que se dio en 2013 y apoyó a los docentes provinciales de educación religiosa. (Andrea Sztychmasjter)

La ministra de Educación, Ciencia y Tecnología, Analía Berruezo asistió a la Corte Suprema de Justicia a la primera jornada de audiencia pública en la causa en la que se debate la educación religiosa en las escuelas públicas de Salta.

En una entrevista a un medio porteño, la ministra defendió las clases de religión y para ello se valió del artículo 49 de la constitución provincial, en el art. 27 de la ley de educación y en el art. 12 del Pacto de San José de Costa Rica, sobre “Libertad de Conciencia y  de Religión”. El primero de ellos especifica que los padres y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

El segundo artículo mencionado por la Ministra señala que dentro de los objetivos de la Educación Primaria en Salta está el de brindar enseñanza religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase atendiendo a la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos. Y aunque la Ministra resaltó que “los docentes de religión son designados por una Junta calificadora y no por una persona de un credo”, el mencionado artículo especifica que “Los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa”.

La Ministra ejemplificó cómo se organiza una clase en una escuela del interior: “El docente analiza 5 religiones del mundo, y a partir de allí analiza cuáles son los valores, los principios y el libro sagrado, y las características de estas 5 religiones que forman parte del conocimiento integral de los chicos”.

Según señaló, si los padres -al inicio del año lectivo- deciden que sus hijos no reciban esta materia, igualmente los alumnos deben quedarse en las aulas y se trabaja en relación a distintas propuestas “a modo de un pluricurso o plurigrado”, especificó.

Aseguró que incluso “hay un error en la sentencia dictada en 2013, porque la evaluación tiene cumplimentó o no cumplimentó, porque si el padre puede optar que esté dentro de la clase de religión o puede optar con un contenido, la idea es que se cumplimente o no y no que se valore con un número”.

Según mencionó, la enseñanza durante las horas de religión en las escuelas primarias “es individualizada” de acuerdo a las propuestas de los padres sobre qué temas quieren que se aborden en dichas horas escolares y aseguró que quienes dictan educación religiosa son docentes recibidos en un Instituto de Formación Docente. “Se hace un núcleo de aprendizaje puntual para cada grado” aseguró.

Recordemos que a los pocos días de la presentación del Procurador Fiscal Abramovich la Asociación de Docentes de Religión de Salta salió a “buscar firmas a favor de la continuidad de la educación religiosa y la defensa de sus puestos laborales”. Mirna Tolaba de esa asociación, señaló que cada una de las 850 escuelas de Salta tiene 3 docentes de religión y que en toda la provincia sumarian más de 2.500 los docentes de esta materia, 42 de ellos evangélicos.

Al finalizar la entrevista, la Ministra de educación afirmó ser católica y sentenció contradictoriamente que aunque “prohíben” la enseñanza por ejemplo de una oración en las escuelas, saben que igualmente esto sucede, no solamente en las clases de religión. “A la entrada se ponen ante la presencia de una oración, algunos lo hacen y otros no”.

Consultada sobre si una posible solución puede consistir en cambiar la materia religión por filosofía y que esta incluya las ideas filosóficas de las religiones, la Ministra aunque reconoció que «tiene mucho que ver con filosofía» fue contundente al afirmar: “No se llama filosofía, se llama educación religiosa”.

El filósofo italiano Paolo Lammana especificó que tanto la filosofía como la religión nacen de una misma fuente espiritual que es la aspiración metafísica del hombre, aunque Lammana también mencionó los caracteres que distinguen a una de otra: mientras la filosofía es razonamiento, reflexión crítica, la religión es espontaneidad irreflexiva, brote del sentimiento colectivo e impersonal de un pueblo.

La religión es una forma de vida que tiende a satisfacer necesidades de naturaleza emotiva y práctica. El hombre busca a través de la salvación de su alma la realización de la voluntad de dios. De este carácter práctico emotivo deriva el predominio que ejercen en ella los elementos fantásticos y a-lógicos.

El carácter práctico de la religión confirma la importancia fundamental que tiene el culto en todas las religiones. Conjunto de ceremonias y ritos en cuyo cumplimiento se establece una comunión de conciencia entre todos los fieles y una unión directa del alma con dios.