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Estado inerte

Así define Página 12 al Estado salteño tras analizar el apartamiento del fiscal Armando Cazón de la causa de la niña wichí violada en noviembre. No fue removido por su defectuosa investigación sino por reclamo de la defensa de uno de los acusados.

Cazón había tomado decisiones tardías  como ordenar las detenciones de cinco de los ocho acusados (tres son adolescentes) después de que la niña fuera sometida a una cesárea a los siete meses de embarazo, o solicitar el ADN de los ocho señalados el 14 de junio pasado, es decir, 208 días después de la violación y de que los autores fueran identificados por testigos presenciales. “Aguardó 200 días para tomarles la prueba de ADN, una vez que la niña de 12 fue sometida a una cesárea y se pudo tomar el ADN del cordón umbilical. La ley de aborto no punible y el fallo de la Corte de 2012 quedaron en la biblioteca de la casa de campo”, precisa Página 12 en su edición de hoy.

Lo que sorprendió a la prensa nacional fue que Cazón no fue removido por esos motivos sino a pedido del abogado Juan Carlos Sánchez, quien era defensor de dos de los acusados ahora detenidos, Sebastián Salvatierra y Omar Arias. En la resolución se establece que la remoción se debió a la denuncia de ocultamiento de un informe extendido por un médico policial realizado a la niña varios días después del primer informe efectuado por el médico Juan Carlos Limache Mamani que había certificado la violación sufrida por la niña. El médico policial, en cambio, sostuvo que no había rastros de la violación. No está claro si el informe no fue agregado a la causa o fue incorporado con demora. Lo cierto es que el solo reclamo del abogado ameritó a que el procurador, Pablo López Viñals, ante la mera sospecha del “posible desvío del fiscal respecto a sus deberes de objetividad, buena fe y lealtad procesal, tal como lo establece el artículo 284 del Código Procesal Penal”, dispusiera la remoción.

Por su lado, el fiscal Cabot, encargado de reemplazar a Cazón, fue señalado por Página 12 de aportar su firma a los desalojos de la comunidad wichí de sus propias tierras, en tándem con el juez de Garantías (criollas) 2 de Tartagal, Héctor Fernando Mariscal Astigueta, quien a su vez, tiene pendiente un pedido de jury, igual que el fiscal Cazón, presentado por el juez de la Corte salteña Abel Cornejo. Cabot, quien investigará las responsabilidades de los ocho acusados de violar a la niña, fue encomendado además por el procurador López Viñals para determinar las posibles responsabilidades penales por la no implementación en este caso de la Guía salteña de Aborto No Punible.

El remate de la nota es lapidario para la situación provincial a la que califica de poseer un estado inerte, “más preocupado en aplicar cánones morales que en atender la salud de mujeres y sectores vulnerables, el caso de la niña wichí llegó hasta la 32ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, impulsado por 31 organismos de la sociedad civil, gremiales y universitarios. Llegó junto con otra situación de violación del Estado, el de la joven tucumana de 27 años, apodada Belén, privada de su libertad desde hace más de dos años y condenada a ocho años por sufrir un aborto espontáneo.