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¿Emprendedurismo o caradurismo?

No sabemos qué corno significa, pero el gobierno acaba de inventar el cargo de “Coordinador de Emprendedurismo Social”. El designado: Federico Gabriel Kosiner.

 Por decreto Nº 1702/14 del 12 de Junio se inventó este cargo para el Ministerio de Derechos Humanos. Incorpora Cargo de Coordinador de emprendedurismo social en la secretaría de gestión administrativa y de paso designa al parecer en ese cargo a Federico Gabriel Kosiner.

No sabemos qué significa Emprendedurismo, es más, el corrector ortográfico de Word se pone como loco con esa palabra y la subraya de rojo todo el tiempo. De sinónimos ni hablar.

De todos modos, ahondemos en el decreto, que está escrito de una manera tremendamente rara. Quizá a propósito.

Decimos que adrede porque en la parte principal de la web sólo se ve el nombre de Federico Javier Abud, quien –si mal no entendemos- fue ratificado como Coordinador General de la Secretaría de Deportes.

Veamos. Entre los considerandos, el decreto dice que “Que resulta necesario contar con un cargo de Coordinador de Emprendedurismo Social (Fuera de Escalafón) para posibilitar el normal funcionamiento de la Secretaría de Gestión Administrativa de la jurisdicción; Que el Dr. Federico Gabriel Kosiner reúne las condiciones requeridas para el desempeño de las funciones inherentes al

cargo mencionado; Que, asimismo, resulta necesario cubrir el cargo de Coordinador General de la Secretaría de Deportes. Y por ello, el Gobernador de la provincia de Salta decreta:

Artículo 1° – A partir de la fecha del presente, modificase la designación efectuada por Decreto N° 570/11 dejando establecido que la misma corresponde al cargo de Coordinador de Emprendedurismo Social (Fuera de Escalafón) en el

ámbito de la Secretaría de Gestión Administrativa dependiente del Ministerio de Derechos Humanos, incorporando el mencionado cargo en el Nº de orden 1.1 – Secretaría de Gestión Administrativa.

Art. 2º – Desígnase al Prof. Federico Javier Abud – DNI N° 21.311.102 en el cargo de Coordinador General de la Secretaría de Deportes, a partir de la toma de posesión de sus funciones, con una remuneración equivalente a la

prevista en el Artículo 1° del Decreto N° 233/08.

Art. 3° – El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida respectiva del Ministerio de

Derechos Humanos – Ejercicio vigente.

Art. 4º – El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Derechos Humanos y por el señor Secretario

General de la Gobernación.

Art. 5° – Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.