La Corte Suprema  firmó un fallo por el cual los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi no pueden ocupar un lugar en la Cámara Federal para siempre del modo en que los designó a dedo el gobierno de Mauricio Macri. Quien quiera quedarse en el cargo deberá pasar por un concurso, ser postulado por el Poder Ejecutivo y recibir acuerdo del Senado. 

 El dúo en cuestión podrá volver al tribunal de alzada en Comodoro Py pero sólo hasta que se puedan presentar en un nuevo concurso.

El Consejo de la Magistratura deberá llamar a un nuevo concurso para esos dos lugares y no podrá incluirlos en el que ya está en marcha para otras dos vacantes en la misma Cámara.

Hasta la noche del lunes la posición de que los nombramientos por «traslados» no pueden ser definitivos era compartida por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Elena Highton de Nolasco estaría de acuerdo en lo sustancial del resultado, pero optó por elaborar un voto propio. El presidente supremo, Carlos Rosenkrantz, no se movería de lo que anunció hace un tiempo, para él los traslados de Bruglia y Bertuzzi son incuestionables y podrían quedarse en la Cámara Federal para siempre, postura que alentó el ala «republicana» de la oposición política.

Bruglia y Bertuzzi fueron trasladados por el macrismo, cuando era mayoría en el Consejo de la Magistratura, desde el Tribunal Oral Federal 4 a la Cámara Federal. Germán Castelli, fue trasladado de un tribunal de San Martín al Tribunal Oral Federal 7, este caso será resuelto en otra sentencia

La sentencia seguramente tendrá críticas al Consejo de la Magistratura, que elaboró el informe cuestionando una decena de traslados y derivó en la revisión de los pliegos y el consecuente rechazo en los casos del trío de jueces.

Bruglia, Bertuzzi y Castelli podrán continuar en los cargos a los que fueron trasladados hasta que sean designados los jueces titulares.

El Consejo deberá convocar a un nuevo concurso e incorporar al orden de mérito a quienes hayan rendido examen y pasado por la entrevista. Eduardo Farah, que había llegado a su cargo en la Cámara Federal por concurso es el juez que debería volver. En ese caso se concursaría solo un cargo. También se deberá abrir un concurso para el tribunal oral.

A partir de este fallo, los gobiernos tendrán limitaciones para trasladar jueces, es decir que podrían hacerlo, pero no en forma definitiva.

El trío de jueces Rosatti-Lorenzetti-Maqueda es el mismo que firmó las acordadas de 2018 que el otro trío, el de los jueces atrincherados, intentó usar para argumentar a su favor. No parece que la Corte Suprema les vaya a dar la razón, al menos en un todo.

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia dictará una sentencia en el per saltum iniciado por los jueces que investigaron la corrupción del kirchnerismo y fueron desplazados por el gobierno nacional.

Cuando Mauricio Macri, entonces presidente, dispuso el traslado de estos tres magistrados para cubrir vacantes en la Justicia Federal. Tras la asunción de Alberto Fernández en el poder, el Consejo de la Magistratura impugnó la maniobra y ordenó revisar las designaciones de 10 jueces por esta vía. El trámite pasó al Senado. Bruglia, Bertuzzi y Castelli no se presentaron a defender sus nombramientos y el jefe de Estado ordenó por decreto dejar sin efecto los traslados. Inmediatamente iniciaron una estrategia legal que incluyó un pedido para que la Corte Suprema tome el tema y dirima la cuestión. En una primera instancia, el máximo tribunal habilitó la discusión de una vía excepcional y dispuso que los magistrados continuaran en los cargos objetados hasta tanto se definiera la cuestión de fondo.

Tecnicamente la discusión gira en torno a una acordada del propio tribunal que validó los traslados dispuestos por Cambiemos y en el caso puntual de Bruglia estableció que “no es necesaria la instrumentación de un nuevo procedimiento de designación conforme al artículo 9, inciso 4, de la Constitución”. Si bien a partir del fallo se ratificaría la validez de los traslados, se agregaría un límite legal para que los gobiernos no abusen de esa potestad.

El antecedente para este caso sería que, durante el segundo gobierno de Cristina Kirchner, la entonces procuradora general Alejandra Gils Carbó dispuso el traslado de fiscales sin que se realizaran los concursos pertinentes hasta que la Corte dictó la invalidez de ese mecanismo. La barrera legal a los traslados discrecionales de jueces estaría dada por la realización de los concursos para la designación de jueces naturales de acuerdo al procedimiento dispuesto en la Constitución Nacional.

La decisión tiene varias aristas. Por un lado, el freno al supuesto avance de Cristina Kirchner sobre la Justicia, ratifica a los jueces en los cargos sensibles que ocupan, marca un límite a los traslados y promueve los concursos para cubrir las vacantes y cumplir con lo dictado por la Constitución.