En un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala I, una mujer resultó condenada a la pena de diez años de prisión efectiva por resultar autora penalmente responsable del delito de promoción y facilitación de la prostitución de menores agravado por el vínculo.

El juez Javier Aranibar ordenó el traslado de la condenada a la Unidad Carcelaria 4.

Según informó prensa del Poder Judicial os hechos ocurrieron en un inmueble de barrio Nueva Esperanza. Las autoridades fueron alertadas por una vecina de la imputada, quien se comunicó con el Sistema de Emergencias 911. La mujer informó que en la propiedad que daba al fondo de su casa se habría producido un supuesto abuso sexual. Refirió que en el lugar se encontraba la imputada junto a sus hijos e hijas menores y un grupo de hombres. Estaban jugando a las cartas por prendas. Si la acusada perdía, sus hijas tenían que desnudarse y dejarse tocar por los sujetos que estaban en el lugar.
En el mismo fallo, un hombre fue condenado a dos años y seis meses de prisión condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple. En su caso, el juez ordenó que el imputado continúe en libertad por la modalidad de la pena impuesta, sin perjuicio de lo dispuesto por otro tribunal. Le dictó una serie de obligaciones que deberá cumplir durante cuatro años: constituir domicilio en la ciudad de Salta y comunicar al tribunal cualquier cambio en el término de 48 horas; someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de las bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia, y presentar constancias  cada tres meses; prohibición de acercamiento a menos de 300 metros del lugar de residencia de los menores M. G. V. (13),  B. N. V. (14), P. M. V. (15) y  L. M. R. (5); prohibición de mantener contacto por cualquier medio con las víctimas. Todo ello con expreso apercibimiento de revocarse la modalidad de la pena dictada.

El juez ordenó finalmente que se les practique examen médico y extracción de material genético a los condenados para su inscripción en los registros nacional y provincial correspondientes.

El otro condenado fue una de las personas que estaban dentro de la vivienda. Fue demorado a dos cuadras del lugar del hecho.

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de los menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.