Se aprobó la ordenanza municipal por la cual las empresas que brinden algún servicio que implique el uso de cables a colocarlos bajo tierra en un plazo no mayor a dos años y las obras deberán iniciarse en un plazo no mayor a 12 meses.
Luego de un largo debate se dio luz verde a la ordenanza municipal por la que, un plazo no mayor a 12 meses, las empresas prestatarias de servicios de luz, teléfono, cable e internet deberán realizar el soterrado del cableado aéreo en el microcentro (Área Centro 1, 2, 3 y 4) en un tiempo no superior a los 2 años, mientras que en el macrocentro (los distritos R1, NC2, R2, M3 y M4 del Código de Planeamiento Urbano) el plazo se extiende a 3 años.
Además la ordenanza indica que las empresas que no realicen tales acciones serán multadas entre cien y ciento cincuenta Unidades tributarias por cada día de demora, es decir unos 2000 pesos.
El debate se calentó cuando se recordó que una ordenanza aprobada en 2009 (13.779 del Código de Planeamiento Urbano Ambiental) prohibía la instalación, ampliación, mejora o renovación del cableado aéreo en la ciudad y se exigía el uso de cables bajo tierra. Se otorgó un plazo de 5 años que vence a fines de este 2014 y hasta ahora ninguna empresa dio mucha importancia a tal ordenanza.