La Red PAR Salta expresó su preocupación por la crónica titulada “Decidió fugarse de su casa tras ser sometida a torturas por su marido”, publicada el lunes 25 de setiembre en la edición del diario El tribuno de Salta.
Desde la Red Par enumeraron algunas de las razones que las motivan a expresar su preocupación por la nota publicada en este sentido:
a) Es irresponsable citar el nombre y apellido de la víctima porque la coloca en riesgo potencial y, de esta manera, también transgrede las normas legales y decálogos sobre el tratamiento periodístico de la violencia contra las mujeres.
b) A la vez, se dan datos personales que pueden perjudicar tanto a la víctima como a sus familiares directos, haciendo públicas cuestiones de índole privada, extremadamente traumáticas para cada unx de ellxs.
c) Se deja entrever que podría haber un ‘motivo’ reproduciendo rumores aunque ellos se adjudican al agresor.
d) El relato enumera, clasifica y describe minuciosamente, de un modo truculento, el tipo de vejámenes que la víctima sufrió por parte del agresor, los cuales –cabe aclarar- son de extremo sadismo.
e) Por lo mismo, la crónica funciona como una especie de ‘manual de la tortura machista’ con lo cual se logra instaurar una pedagogía de la crueldad capaz de lograr la reproducción de estas prácticas delictivas y deleznables por parte de otros hombres que puedan ‘entender y expresar(se)’ en este tipo de lenguaje violento y escribir estos mensajes de muerte sobre los cuerpos de las mujeres que constituyen un grado extremo de violencia patriarcal.
f) El medio actúa como un caja de resonancia, revictimizando a la mujer violentada y colabora tanto con la reproducción mencionada como con su naturalización, lo que es particularmente grave en una provincia que tiene un promedio de dos femicidios por mes, número que crece año a año y que este año casi está duplicando al anterior.
g) Se trata de una cobertura que no respeta ni la ética ni la calidad periodística; tampoco responde a las recomendaciones de numerosos organismos y asociaciones de género tales como la misma Red Par en su ‘Decálogo para el tratamiento periodístico de la violencia contra las mujeres’.
Por otra parte, la crónica pone en evidencia la estrecha relación entre el periodismo y la fuente policial, en este caso el Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, ya que la denuncia se realizó el día domingo 24 en la Alcaidía N° 1, a cargo de Daniel Esteban Guaimás, bajo secreto de sumario. Sin embargo, se trasladó esta información a la prensa sin ningún tipo de consideración ni por la víctima ni por las leyes, tales como la 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, específicamente en lo referido a las violencias simbólica y mediática; y la 26.522 de “Servicios de Comunicación Audiovisual” en lo que respecta a la defensa de la persona humana y el respeto a los derechos personalísimos. La responsabilidad institucional sobre los datos y la vida privada de las víctimas también merecen ser señaladas en esta situación ya que los poderes públicos deberían garantizar la integridad de las personas. La institución debería brindar capacitación a su personal para evitar este tipo de ‘filtraciones’ que perjudican a quienes confían en las autoridades para realizar las denuncias pertinentes.
Para nosotrxs, la libertad de expresión no está reñida ni con el respeto a las leyes ni a las normas éticas y, menos aún, cuando se trata de abordar temas vinculados con mujeres en situación de extrema vulnerabilidad. Como periodistas, comunicadorxs y docentes valoramos las coberturas serias y responsables de este tipo de hechos ya que no sólo informan a la ciudadanía sino que la forman en prácticas de equidad, desmontando el patriarcado y favoreciendo la construcción de una sociedad democrática, a la vez que se apuesta a una pedagogía de la esperanza.