La convocatoria de la Municipalidad de Salta a audiencia pública para concesionar un crematorio en la ciudad volvió a poner en discusión la capacidad de los cementerios comunales, la necesidad (o no) de un tercer horno funerario y la cuestión ambiental.

A través de la resolución 173, la Secretaría Legal y Técnica de la Municipalidad de Salta convocó a una audiencia pública temática para el 28 de diciembre para tratar el proyecto de “concesión de servicio funerario y crematorio”.

La propuesta fue presentada por una empresa más que conocida por los salteños: Pieve S.A. y el Ejecutivo municipal, luego de aprobar el Estudio de Impacto Ambiental y Social a través de la Resolución 129/21 de la Subsecretaría de Política y Control Ambiental dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos y Ambiente el 25 de febrero pasado, ahora convocó a una audiencia pública, que es la instancia en la que los ciudadanos dan su opinión – ante una decisión administrativa o legislativa del Estado- acerca de un asunto de interés general en el que pudieran verse afectados.

Aunque el proyecto de Pieve no fue compartido con la ciudadanía ni con los concejales de la ciudad, Cuarto Poder accedió a documentación que acredita que la intención del grupo empresario es instalarlo en la Ruta Nacional 9, a mitad de camino entre los dos crematorios que ya existen en Salta: el del propio Pieve en la RN 34 municipio de El Bordo a 5 km. de General Güemes,  y el del cementerio Divina Misericordia, ubicado a 7 kilómetros de la plaza 9 de Julio.

Así, el nuevo “horno” estaría situado a 15 kilómetros de la ciudad, en el ejido rural del departamento Capital, en las poco más de dos hectáreas de la Matrícula 172.837 que hoy pertenecen a Miguel Martín Meyer, dedicado al negocio inmobiliario y que, según consta en la Dirección General de Inmuebles de Salta, forman parte de un terreno más grande denominado Finca La Montaña, que fue dividido en seis parcelas y que figuran a nombre de Héctor Méndez, Alejandro Cavolo, José Pacheco, Carolina Galván, Juan Carlos Domínguez, Alejandro Sanuy y Fabiola Enríquez Reyna.

El catastro en cuestión tiene una particularidad: hasta 2010 –en que la Justicia le trabó embargo- pertenecía a Ladislao Humberto Sivila, el ex funcionario del Tribunal de Cuentas municipal devenido en propietario de la empresa de servicios mineros SAS. En 2015, Meyer se lo compró a Méndez por 450 mil pesos.

De regreso al 172.837 de Ruta 9, según la Dirección de Inmuebles, el mismo día que la Municipalidad había abierto la inscripción (7 de diciembre) para la audiencia pública, el terreno fue “señado” para la compra a través de un escribano.

 

El negocio de la cremación

Aunque el Censo de 2022 estimará con exactitud cuál es la población de Salta, se calcula que actualmente es de poco más de un millón cuatrocientos mil habitantes y, en promedio, entre 15 y 20 personas fallecen cada 24 horas en la provincia.

Un crematorio puede incinerar, sin sobresaturarse, seis cuerpos por día. Es decir que, entre los dos habilitados en Salta, podrían ocuparse de los restos mortales de doce personas. Eso, si eligen convertir en cenizas el cuerpo, porque también se puede optar por enterrar, colocar en mausoleo o en nicho.

El costo para acceder a una cremación oscila entre los 25 mil y los 30 mil pesos, dependiendo de la empresa que la realice y se puede abonar con tarjeta de crédito en hasta doce cuotas. En cuanto a qué hacer con las cenizas, hay quienes eligen arrojarlas en la naturaleza, guardarlas o depositarlas en un cinerario común o privado. El espacio para preservarlas en la Iglesia La Viña tiene un costo de 16 mil pesos por única vez, mientras que el de la Divina Misericordia tiene un valor de 1.500 pesos mensuales (para tres urnas).

En los municipios que cuentan con un crematorio –como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- la comuna cobra por el servicio y, en el caso de que se trate de una persona de bajos recursos, lo realiza sin costo, evitando así la ocupación de nichos o la mora en el cobro de tasas de cementerios.

Si bien todos coinciden en la necesidad de contar con un crematorio de restos humanos municipal, la instalación de un horno en la ciudad de Salta ya fue largamente debatido por los concejales de la capital que vetaron la iniciativa por cuestiones ambientales y por no ponerse de acuerdo en quién lo administraría. Así fue como el proyecto de exconcejal Alberto Castillo en 2019 terminó regresando a la Comisión de Legislación General, que elevó un pedido de informe al Ejecutivo para conocer con qué recursos contaba la comuna para instalar el crematorio. En 2020, la edil Paula Benavídez tomó la posta y, si bien la iniciativa vio la luz en el recinto, en el Centro Cívico Municipal debían realizar estudios de factibilidad para instalar hornos en los cementerios.

El principal problema para su puesta en funcionamiento radica en las distancias ya que, por cuestiones ambientales, está prohibido que un crematorio funcione en el ejido urbano. Y las necrópolis de la comuna se encuentran en el corazón de la ciudad, lo que hizo inviables las propuestas tratadas en el recinto.

Al defender su proyecto, Castillo había argumentado como uno de los principales motivos a favor de la norma que “muchos vecinos solicitan la condonación de la tasa de servicios del cementerio porque no pueden mantener los nichos. Entonces el crematorio cumple una función desde el punto social en todos los sentidos”.

En plena pandemia, y viendo por televisión cómo en Nueva York, Italia y España acumulaban los cuerpos en camiones frigoríficos o en una pista de patinaje, el pánico se adueñó de varios y, a instancias de la entonces ministra de Salud, Josefina Medrano, la Municipalidad de Salta cavó unas 1500 fosas “por las dudas” en el cementerio San Antonio de Padua. Así, el debate por espacios para el “descanso eterno”, volvió a abrirse.

Pero el temor por la falta de tumbas es infundado. En 1992, cuando el cementerio de la Divina Misericordia fue habilitado, donó a la Municipalidad de Salta 936 parcelas. En 29 años, desde la Santa Cruz sólo solicitaron 38 tumbas, lo que deja 898 a disposición de la comuna que, dicho sea de paso, desde el campo santo de la entrada de Salta aseguran que “hasta ahora nunca pagó el mantenimiento anual” que sí abonan el resto de los propietarios.

Además, para reducir el espacio ocupado por los cuerpos que son trasladados a osarios u ocupan nichos que registran deudas, desde el Mirador S.A. enviaron una nota a la intendenta Bettina Romero y al presidente del Concejo Deliberante, Darío Madile, ofreciendo destinar un día de la semana a la cremación de los restos por un precio “al costo” del servicio más un 15 por ciento por la exhumación y traslado. Afirman que ni Romero ni Madile contestaron.

Ciento cincuenta millones

Aunque los números no son precisos, fuentes funerarias aseguraron que en los nichos y osarios de los dos espacios municipales habría unos 6 mil restos humanos en condiciones de ser reducidos a cenizas. A 25 mil por servicio, quien realice el trabajo, se llevaría la módica suma de 150 millones de pesos.

“Tampoco es que sea una tarea fácil porque en una cremación se destruye el ADN y es un requisito el consentimiento legal de la familia; obtenerlo lleva tiempo”, advirtió el propietario de una de las 12 funerarias que operan en la provincia.

No sería el caso de la ciudad de Salta ya que desde 1998 se encuentra vigente la Ordenanza 829 que, en su artículo 4°, establece que “El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la cremación de los restos humanos en los siguientes casos: a) Por caducidad o falta  de la renovación de la concesión de uso de nicho, por la caducidad de la concesión de terrenos para mausoleos en cementerios públicos, y después de transcurridos 60 días de la última notificación a los deudos y/o responsables en tal sentido. El costo que demande este servicio será absorbido por el titular de la concesión del uso del nicho o del terreno para mausoleos, salvo que el mismo acredite carencia de recursos y b) Por orden judicial”

¿Concesión o habilitación?

Así las cosas, el llamado a audiencia pública temática para tratar la concesión de un crematorio a Pieve llamó la atención de propios y ajenos y puso a estudiar a los ediles que manifestaron su temor por la concentración de los servicios funerarios en una sola empresa, que ya de por sí tiene como clientes cautivos a los empleados públicos de la provincia.

De acuerdo a las normas, una empresa puede presentar una iniciativa privada. En el caso de tratarse de una actividad de Alto Impacto Ambiental, como lo es la instalación de un horno crematorio, el Ejecutivo municipal debe convocar a una audiencia pública con 20 días de anticipación “a fin de que se determine si la obra, actividad, emprendimiento, programa o iniciativa proyectada, degradará el ambiente o afectará la calidad de vida de los habitantes”. El costo estará a cargo de la empresa.

“Luego se debe llamar a licitación pública y, en el caso que la empresa propiciante y otra igualen la oferta, la ganadora será la primera porque llevó la iniciativa”, explicó un concejal que asegura conocer bastante bien las ordenanzas.

Pero, en el caso del encuentro convocado por el secretario Legal y Técnico, Daniel Nallar, el objeto de la audiencia será la “solicitud de concesión para crematorio”. Y concesionar implica “otorgar una administración a particulares o empresas el derecho para explotar alguno de sus bienes o servicios durante un tiempo determinado”.

Es decir que, previo a concesionar, hay que tener. Y la Municipalidad de Salta, por ahora, no cuenta con un crematorio propio que le permita delegar en otro su explotación. ¿O si?

 

La improlijidad al palo

El 7 de diciembre, el secretario Legal y Técnico de la Municipalidad de Salta, Daniel Nallar, publicó la Resolución 170 por la que convocaba a una audiencia pública para la concesión del crematorio. Además, abría desde ese mismo día y durante siete días corridos el Registro de Participantes para la Audiencia Pública.

Pero, como suele sucederle a Nallar, se olvidó que existe una norma que establece que “el organismo que convoca a la audiencia debe publicar el llamado por lo menos 20 días antes de la fecha de la audiencia en el Boletín Oficial y en dos diarios de circulación nacional o local. También puede publicarlo en la página web del organismo”. Y las matemáticas son exactas: entre el 7 y el 21 hay 14 días, no 20.

Advertido de su error, a Daniel Nallar no le quedó otra que emitir una nueva resolución (la 173/21) admitiendo que había metido la pata y cambiar las fechas.

Ahora, la audiencia pública será el 28 de diciembre de 2021 y los participantes se podrán inscribir a partir del 14 de diciembre, durante siete días corridos, de 10 a 12.

Por las dudas, va una advertencia: 24 horas antes de la realización de la audiencia, la Muni debe publicar el orden del día que se seguirá, indicando: la lista de participantes registrados; La lista de los expertos y funcionarios convocados; el orden y tiempo de las exposiciones; el nombre y cargo de quienes presidirán y coordinarán la audiencia.