Los vecinos que se oponen a la instalación de la planta de nitrato de amonio en El Galpón confirmaron que recurrirán a la justicia nacional para lograr su cometido. Tal como anticipara Cuarto Poder hace tres semanas, las objeciones a Austin Powder llegarán a tribunales nacionales y de ser necesario internacionales. (G. T.)
Así lo indicaron desde la asamblea ambientalista del sur provincial al realizar el jueves una movilización en la Plaza 9 de Julio. Marta Pérez, vocera de los ambientalistas, confirmó que apelarán ante la Corte Suprema el fallo de la justicia provincial que dio continuidad al proyecto de la compañía Austin Powder SA.
Semanas atrás y alegando defectos insalvables en el recurso de amparo de los ambientalistas, la Corte de Salta confirmó el fallo de primera instancia del juez Sebastián Fucho y estableció que la empresa cumple con los parámetros ambientales y de seguridad requeridos por las distintas normativas locales, provinciales, y nacionales.
Esa sentencia causó polémica porque una de las pericias de los vecinos del sur provincial -avalada por el CIF, el Cuerpo de Investigaciones Fiscales- reveló inconsistencias e irregularidades del Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa y motivó un desfavorable dictamen del fiscal de Corte Alejandro Saravia. A partir de esas irregularidades es que Silvia Borla, la asesora legal de los ambientalistas y además miembro de la Comisión de Derecho Ambiental del Colegio de Abogados, trabaja ya en una serie de presentaciones judiciales que se efectivizarán la semana próxima ante la Corte de Salta y la Corte Suprema.
“Vamos a presentar un nuevo recurso en Salta y una medida cautelar en Buenos Aires” anunció la abogada y explicó que la cuestión de fondo aún no está resuelta y que por eso insistirán con las presentaciones en tribunales. El objetivo final es la prohibición para que Austin SA se instale en el sur de la provincia pero, por el momento, el planteo busca la suspensión de las obras de construcción y montaje de la planta industrial en atención al “principio precautorio” que rige en el derecho ambiental.
Este principio precautorio se traduce como la obligación de suspender o cancelar actividades que amenacen el medio ambiente aún cuando no existan pruebas científicas suficientes que vinculen tales actividades con el deterioro de aquél. Así se desprende de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo del año 1992 que establece que “cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.
En este mandato basan sus expectativas los Vecinos Autoconvocados por la Cuenca del Río Juramento para continuar con su lucha por preservar el ambiente en el sur de Salta.