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Caso Brigadistas: una condena con gusto a poco

Sólo uno de los tres funcionarios públicos fue condenado por la muerte de los brigadistas. El Estado debería pagar una indemnización millonaria.

El 27 de octubre de 2014, bomberos voluntarios fueron al cerro conocido como “El Acheral”, donde tenían que apagar un incendio. Al día siguiente encontraron en la zona los cuerpos incinerados, que pertenecían a los brigadistas Mauricio Valdez, Víctor Humberto Ferreyra, Martín Albarracín y Matías Daniel Vilte.

Recién hoy el juez Diego Rodríguez Pipino, condenó a Víctor Cesar Dagun a la pena de  un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por el término de dos años, por ser autor material y penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El juez, por otra parte, rechazó la calificación subsidiaria de homicidio culposo.
Víctor de Jesús Ola Castro  y Roberto Durnelli resultaron absueltos por el beneficio de la duda del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y subsidiariamente homicidio culposo.

En el mismo fallo hizo lugar a la acción civil instaurada en contra de la Provincia de Salta y, en consecuencia condenó al Estado Provincial a pagar por la muerte de Mauricio Miguel Valdez, la suma de nueve millones de pesos ($9.000.0000)  en concepto  de reparación por daño material y moral, todo con intereses contados a partir de la fecha de la presente.

Además, hizo lugar a la acción civil y condenó a la Provincia de Salta a pagar por la muerte de Matías Daniel Vilte, la suma de seis millones de pesos ($6.000.0000), en concepto  de reparación por daño material y moral, todo con intereses contados a partir de la fecha de la presente y estableciendo la tasa activa.

Por otra parte, rechazó la demanda civil en contra de Ola Castro, Dagun y Durnelli.

La pena recayó sobre DAgun porque, según afirmó el juez, el funcionario desvirtuó el objeto del contrato de locación de servicios de desmalezamiento, afectando de manera permanente y continua a Vilte y Valdez, entre otros, para ejercer funciones como combatientes de incendios forestales. También se consideró que Dagun realizó una actividad indebida, pues se extralimitó en sus funciones asumiendo funciones de una dependencia inferior, constituyendo las cuadrillas, designando al jefe de la misma en franca violación a su competencia, asimismo de los deberes y atribuciones a su cargo y vulnerando el deber de cuidado.

¿Por qué no condenaron a Ola Castro?

Ola Castro fue desvinculado por todos los testimonios, ya que indicaron de diversas maneras que no cumplía funciones operativas en relación a la Brigada. En este aspecto se debe aclarar que sí bien era jerárquicamente superior respecto de Dagun y Durnelli, la función administrativa que desempeñaba tenía como principal aspecto la coordinación de las distintas dependencias que ejecutaban sus competencias administrativas especificas, realizando los pases y autorizaciones administrativas o de vinculación con otros organismos (aprobando viáticos o comisiones, realizando coordinación institucional y/o pedidos entre distintos organismos) conforme su competencia determinada en base a su designación, el organigrama  de defensa Civil y las funciones atinentes a dicho organismo y sus dependencias inferiores.

En cuanto a la capacitación de los brigadistas y la ropa que llevaban puesta al momento del hecho,  surgió de las pruebas agregadas que se encontraban conforme a los reglamentos pertinentes nacionales y provinciales. Así, las víctimas se encontraban al momento del hecho con la indumentaria, equipos y herramientas pertinentes, según las normativas vigentes.

Por otra parte, los brigadistas contaban con los elementos de comunicación provistos por defensa civil (radios HT y en el móvil), así como elementos propios (teléfonos celulares y radio HT propiedad de uno de los brigadistas de la cuadrilla). En este aspecto se advierte que al ser la seguridad de los combatientes un deber transversal a todos los miembros de la brigada, ya sea brigadistas, jefes de cuadrilla o jefes de brigada, etc. Ante una falla o falta de comunicación de la superioridad, en el campo operativo, todo el deber de seguridad y decisión recae sobre el jefe de cuadrilla.