Torturas, malos tratos, vejámenes y abusos sexuales forman parte del día a día de los centros de detención salteños. La realidad carcelaria local reflejada en un detallado informe de Nación haría estremecer hasta al mismísimo, Nayib Bukele.

Nicolás Bignante

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura difundió esta semana el resultado de una serie de visitas realizadas a cárceles y centros de detención salteños durante el año pasado. A las condiciones de hacinamiento y de déficit edilicio constatadas por el comité local y plasmadas en su informe anual, se suma la detección de numerosos casos de tortura y vejámenes contra internos de comisarías, alcaldías y cárceles. Los hechos detectados constituyen una afrenta grave a la Constitución Nacional y a diversos tratados internacionales de Derechos Humanos a los que Argentina adhiere.

En la ciudad de Salta se inspeccionaron el Hospital de Salud Mental Dr. Miguel Ragone y el anexo Centro de Tratamiento para Personas con Medidas de Seguridad, la Unidad Carcelaria N°1, la Unidad Carcelaria de Mujeres N° 4, la Alcaldía General N°1 y la Granja Penal de Rosario de Lerma de la ciudad de Salta.

En la ciudad de Orán, en tanto, se visitó la Alcaidía N°3; en la ciudad de Tartagal, el Centro de Atención a Jóvenes en Conflicto con la ley Penal N°3; la Comisaría N°45; la Comisaría N°42; la Alcaldía N°2 y la Unidad Carcelaria N°5; y en la ciudad de Metán, la Unidad Carcelaria N°2.

Los testimonios

El Comité Nacional registró diversas situaciones compatibles con tortura y malos tratos. Con relación al contexto de los hechos, en 45 fue el servicio penitenciario provincial la agencia señalada como responsable de los hechos. Respecto de los acontecidos en las unidades penales, se advierte que en su mayoría sucedieron en el interior de las celdas o pabellones de alojamiento (19). De acuerdo con lo informado, generalmente las agresiones se inician en esos espacios y continúan en pasillos (12) u otros sectores del establecimiento, tales como el área de sanidad (12), oficinas administrativas del personal o guardia (9), sector de aislamiento (9), y de educación (3). Cabe agregar que, en 17 casos (35%) se ejercieron agresiones en más de un espacio, extendiéndose estas golpizas en hasta 4 lugares distintos dentro de los establecimientos. La diversidad de sectores en los que suelen ocurrir los hechos puede explicarse por el carácter extendido del fenómeno al interior de los espacios de encierro; también debido al desplazamiento de las víctimas por parte de sus victimarios hacia sitios donde no hay cámaras de seguridad y a su posterior realojamiento en sectores con regímenes de aislamiento, tal como fue descrito por varias víctimas.

En relación con las circunstancias en las que se desencadenaron las agresiones registradas dentro de lugares de encierro, casi la mitad de los hechos sucedieron ante reclamos individuales o colectivos (23 de 53 casos) realizados por las personas presas debido a problemas de salud, alimentación y/o de vinculación familiar. “Resultan especialmente preocupantes 3 casos en los que el servicio penitenciario intervino con violencia hacia personas que habían atravesado intentos de suicidio en el marco de medidas de fuerza extrema”, destaca el texto.

Pata-pata, criqueo, submarino y plaf-plaf

En la visita se identificaron formas combinadas de violencia con un promedio de 3 tipos de agresiones por víctima –por lo general, combinación de golpes de puño y patadas–, con un máximo de hasta 6 modos de agresión aplicados, lo que da cuenta de la compleja trama de técnicas y prácticas de tortura vigentes.

En este sentido, además de los golpes de puño y patadas, se tomó conocimiento de la aplicación relativamente regular de prácticas de “criqueo” –también conocida en Salta como “la llave”- y “pata-pata”, que suelen desplegarse de forma combinada.

El “criqueo” es el acto de esposar violentamente a las personas detenidas, con los brazos atrás y levantarlos más allá de la cabeza, ocasionando en muchos casos lesiones graves e intenso dolor. Por “pata-pata”, en tanto, se entiende la práctica de golpear con bastones las plantas de los pies, tobillos y pantorrillas de los detenidos. Esta forma de tortura se conoce también como ‘falanga’, conforme las descripciones del Protocolo de Estambul confeccionado por la Organización de las Naciones Unidas.

En una ocasión, también se relató la aplicación de violencia sexual. Las víctimas relataron haber sufrido otros métodos de tortura como el “plaf-plaf” y -aunque con menor frecuencia- “submarino”, caracterizados ambos por la intensidad del sufrimiento y daño que producen. El “plaf-plaf” consiste en dar golpes de mano abierta a ambos lados de la cabeza, a la altura de los oídos, con el fin de ocasionar el aturdimiento de los detenidos. El “submarino”, en sus variantes “seco” y “húmedo”, consiste en asfixiar al reo sumergiéndolo en recipientes de agua o colocándoles bolsas de plástico en la cabeza.

Resulta recurrente el uso de palos o bastones, siendo el objeto típicamente involucrado en la aplicación del “pata-pata”, pero también para golpear otras partes del cuerpo; también son comunes los golpes con borceguíes, para patear, pisar, doblar partes del cuerpo.

Borrar la evidencia

“Se destaca el uso de bolsa, toalla, y remeras como elemento para tapar la cabeza de las personas produciendo asfixia, además de limitar la visibilidad respecto de la identidad de las personas agresoras, lo que profundiza la impunidad con que el fenómeno se desarrolla”, resalta el informe.

De cada 10 personas encuestadas, 6 señalaron el uso de estrategias de impunidad por parte del personal responsable de los hechos. Se mencionó el alojamiento en sectores de aislamiento y/o sin comunicación con el exterior –sin visitas ni acceso a teléfonos-; en dos

oportunidades las víctimas fueron trasladadas de unidad. También se hizo referencia a las amenazas efectuadas por el personal de custodia para desincentivar la denuncia de lo ocurrido.

Los relatos arrojan que no suelen dejarse registros médicos (al realizar el visu antes de los golpes, o hacer firmar partes médicos apócrifos que afirman la inexistencia de lesiones) o no hay videograbaciones, ya sea porque apagan las cámaras o propinan golpes en lugares que funcionan como “puntos ciegos” en donde las mismas no alcanzan a registrar lo sucedido.

Aislamiento y sanciones

El régimen disciplinario en la Alcaidía N°2 y, de forma especialmente severa, en la Alcaidía N°3 incluye una serie de “llamados de atención”, que quedan registrados en un libro especial y cuando se acumula una cierta cantidad, la persona recibe una sanción disciplinaria. Por ejemplo, en la Alcaidía N°3 manifestaron haber recibido “llamados de atención” por realizar trabajos manuales en el pabellón en horarios no permitidos o por recostarse en la cama después de las 6 am ya que no está permitido. Al observar el libro de sanciones consta como “llamado de atención” tener azúcar en el pabellón (producto que –junto con la yerba– tiene disponibilidad restringida a la hora del desayuno).

A diferencia de esto, en la Alcaidía N°1 las personas son sancionadas de forma directa, sobre este punto la mayoría de las personas manifestaron que no hay posibilidad de apelar a estas medidas. De igual modo, el uso del aislamiento aparece como una práctica generalizada en todas las alcaidías; medida que aparece como respuesta penitenciaria en caso de realizar un pedido o reclamo, como también con posterioridad a un acto de agresión. En estos casos, generalmente, las personas son alojadas –sin recibir atención médica– en el sector de aislamiento, denominado “los chanchos”, se les haya aplicado o no una sanción formal. Allí pueden permanecer hasta 12 días confinadas por 23 horas al día y bajo condiciones de vida degradantes: no suelen tener baño, ni pueden ducharse, con colchón roto o en trozos; algunos refirieron pasar hambre.

Requisas vejatorias

La mayoría de los establecimientos no poseen lugares destinados específicamente a llevar a cabo las visitas. Por ejemplo, en las unidades N°1 y N°2, se realizan en los patios que, aunque tienen mesas y sillas, el lugar se encuentra semi techado, por lo que los días de lluvia se generan complicaciones.

Sin embargo, el punto más preocupante en relación al contacto con personas ajenas a la población carcelaria es que las visitas son expuestas a requisas vejatorias y humillantes, incluso con desnudos a menores. “Aun cuando la modalidad de vinculación con los familiares y/o allegados, no demande el contacto físico, en las requisas se exige el desnudo y, en ocasiones, exposiciones indirectas de sus cavidades”, expresa el escrito.

El informe del Comité Nacional contra la Tortura concluye con una recomendación en relación a este punto: “se insta a erradicar de modo urgente las requisas y revisiones humillantes y violatorias de los derechos humanos de las infancias. Al mismo tiempo, se recomienda reemplazar tales prácticas mediante la utilización de dispositivos tecnológicos”