Los fumones del país del norte están de fiesta. El senado canadiense aprobó la Ley C-45 que permitirá a mayores de 18 años poseer hasta 30 gramos de marihuana para uso personal.
Si bien era casi un voto cantado pues de antemano ya se sabía que la ley iba a ser aprobada, pues un primer borrador ya había sido analizado, además de que el primer ministro Justin Treude incluyó la promesa de despenalizar el consumo de cannabis durante su campaña electoral de 2015 y ha trabajado en el tema desde que ocupó el cargo.
En abril de 2017, el Gobierno presentó este proyecto de ley: La ley C-45, la misma que prohíbe la posesión en un espacio público de más de 30 gramos de marihuana o el cultivo de más de cuatro plantas. El incumplimiento de estas normas supondrá una multa de hasta 4000 euros y penas máximas de prisión de 6 meses. Además, aquellos que vendan esta droga de forma ilegal podrían estar en prisión durante 14 años.
Esta nueva ley legalizaría uso con fines recreativos, aunque la venta de marihuana ya es legal en Canadá desde el 2001 para uso medicinal. Canadá se convierte así en el primer país del G7 en tomar el porro por las astas y liberar el consumo de manera casi irrestricta.
La ley C-45 fue aprobada con 52 votos a favor, 30 en contra y una abstención. Su aprobación fue celebrada por el ministro de Justicia, Jody Wilson-Raybould, porque según el funcionario “creará un mercado estrictamente regulado para el cannabis, para mantenerlo fuera del alcance de los jóvenes y privar a los delincuentes de los beneficios”.
El ministro de Finanzas, Bill Morneau, estimó que la recaudación de impuestos por el cannabis podría llegar a 400 millones de dólares canadienses (unos 300 millones de dólares), pero Ottawa aceptó retener solo 25% de esos recursos, y el resto se destinará a los gobiernos regionales.
¿Y por casa cómo andamos?
Según un reciente estudio nacional sobre consumo de sustancias psicoactivas, la marihuana es la droga ilegal mayormente consumida en Argentina que ha visto un importante crecimiento de su consumo en los últimos 7 años. El 7,8% de la población estudiada declaró haber consumido cannabis en el último año.
A pesar de esto, el cultivo, la venta y la posesión de cannabis para uso lúdico o recracional son ilegales y la ley 23.737 (de 1989) dispone condenas de entre 1 mes y 2 años de prisión por la tenencia para consumo personal (con posibilidad de reemplazar la condena con cursos de prevención o tratamientos) y entre 4 y 15 años de cárcel para delitos de tráfico (art.14). La misma pena se aplica al autocultivo.
Aun siendo así, hay algunos antecedentes que demuestran una aproximación algo más blanda por parte de la justicia Argentina al consumo y al autocultivo siempre y cuando se pueda demostrar el uso personal. El caso “Arriola” (2009) tuvo la declaración por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la inconstitucionalidad del artículo de la ley de estupefacientes que norma el consumo de droga en el ámbito privado. A raíz de este echo jurisprudencial se abrió el debate sobre la despenalización de la tenencia de drogas en pequeñas cantidades, debate que sigue abierto y del que todavía no hay medidas definitivas.
Fuentes: Libre Mercado, El Nacional, Kannabia