La ex religiosa Valeria Vanesa Zarza está imputada por el mismo delito que ella denunció ser víctima al denunciar al cura por abuso sexual.
Se trata de la exmonja, que antes de ser acusada por este caso (en julio de 2017), denunció en 2016 al sacerdote Agustín Rosa Torino por el mismo delito y acompañó a otras víctimas que también señalaron al cura como abusador.
El juez Javier Aranibar, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, absolvió a Valeria Vanesa Zarza (46) de los delitos de abuso sexual simple continuado y abuso sexual gravemente ultrajante continuado, en concurso real, por los que llegó requerida a juicio, por no mediar acusación fiscal.
El juez no hizo lugar a un pedido formulado por la fiscalía en relación a la remisión de las copias de la declaración de P. G. por la posible existencia del delito de falso testimonio.
Por el Ministerio Público intervino el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Sergio Federico Obeid. La defensa de la imputada estuvo a cargo de Marta López, de la UDP 2.
En sus alegatos, el fiscal solicitó la absolución por el principio de la duda y la defensa de la acusada, la absolución lisa y llana.
La imputada era monja de la Parroquia de la Santa Cruz, perteneciente al Instituto Religioso Discípulos de Jesús de San Juan Bautista. Fue denunciada por A. M. M. S., quien actualmente tiene 20 años de edad. Según la denunciante, los hechos adjudicados a Zarza habían ocurrido cuando ella tenía entre 5 y 9 años.
Antes de la lectura del veredicto, la imputada aceptó decir las últimas palabras y manifestó que “si bien había hablado poco” a lo largo de la audiencia, “todo lo que había dicho era verdad”.
Durante su intervención, el representante del Ministerio Público concluyó en que las pruebas reunidas “no alcanzaban para mantener una certeza positiva” y, por lo tanto, “en el juicio se mantuvo el estado de la duda”.
Por su parte, la defensora pública sostuvo que a lo largo de la audiencia no se colectaron “pruebas objetivas que den por ciento nada de lo que denunció la víctima”. Por lo tanto, solicitó la absolución lisa y llana de su representada.